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viernes, 25 de octubre de 2013

El acogimiento familiar en España

El acogimiento familiar es una medida de protección a la infancia que puede llevar a cabo la entidad pública. Esta medida se lleva a cabo con aquellos menores que por ciertos motivos no deben o no pueden permanecer con su propia familia. Se pretende incorporar al menor en un nuevo entorno familiar estable.
El acogimiento familiar tiene una larga tradición en otros paises. En España hemos tenido que esperar hasta 1987 para su regulación, esta ley supuso un cambio en el sistema de protección de menores. Anteriormente, en España este sistema estaba caracterizado por la institucionalización. La institucionalización se trata de una medida donde los menores huérfanos, maltratados o abandonados eran internados en hospicios y horfanatos.

Un antecedente al acogimiento familiar en España consistiría en la colocación familiar. Esta medida de protección infantil consistía en que cuando se consideraba que los padres no educaban ni cuidaban a sus hijos acorde con su deber entonces se le retiraba su guardia y custodia y la Junta de Protección de Menores podía colocar al menor en un centro de menores o en una familia.
El acogimiento familiar es una medida de protección temporal donde se pretende la reincorporación del menor a su familia biológica. Se potencian los contactos del menor con su familia biológica. Varias investigaciones han demostrado los efectos positivos, tanto para el menor como para la familia acogedora. Se ha observado en el menor un incremento del desarrollo psicomotor, crecimiento físico, desarrollo de la relación afectiva y desarrllo del lenguaje.

Tipos de acogimiento familiar según su finalidad:

   - Acogimiento familiar simple: tiene un carácter transitorio debido a la posible reinserción en su familia biológica o porque se pretenda garantizar su atención hasta que se acuerde una medida de protección mas estable.
   - Acogimiento familiar permanente: tiene una mayor extensión en el tiempo y se lleva a cabo cuando la edad u otras circunstancias del niño así lo aconsejen y así lo informen los servicios de atención al menor.
   - Acogimiento familiar preadoptivo: se da cuando el niño se encuentre en una situación jurídica adecuada para su adopción y la entidad pública considere necesario un periodo previo de acogimiento.

El acogimiento familiar es un sistema de protección que en los últimos años está creciendo mucho en nuestro país. Considero que se tiene que seguir apostando por este sistema de protección cuyos beneficios son muy importantes para el menor tanto a corto como a largo plazo. Resaltar que en estos tiempo de crisis que estamos viviendo el acogimiento familiar se hace más importante si cabe debido al incremento de las cifras de menores que necesitan una medida de protección. En este aspecto cada famlia puede poner su grano de arena dándoles una oportunidad a estos menores que han sido y serán prisioneros de sus circunstancias.